646" crossorigin="anonymous">67172262249646" crossorigin="anonymous">31px">La nueva Ley de Alquileres fue aprobada sin la presencia de la oposición. ¿Qué cambia con la nueva legislación?

El proyecto de ley de Alquileres fue aprobado por 41 votos a favor del Frente de Todos y sin la presencia de la oposición. Los legisladores de la oposición se retiraron del recinto tras convertir en ley el proyecto de «Educación a distancia«.

La nueva Ley de Alquileres contempla cambios fundamentales a la hora de formar los contratos, las garantías, las expensas. A su vez, contempla la creación de un registro en la AFIP para evitar los contratos en negro.

Es el sector con más crecimiento financiero y económico, pero también se le considera el sector que menos regularizaciones tiene. La nueva legislación contempla los siguientes cambios.

Cuáles con los principales puntos de la nueva Ley de Alquileres

  • El proyecto sobre alquileres establece la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, en lugar de ser de forma semestral como ocurre actualmente.
  • El aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).
  • Propone que «los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)», un punto importante porque evitará la firma de contratos «en negro».
  • La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración, pero se trata de un punto central porque obligaría a los propietarios a «blanquear» el ingreso que perciben por el alquiler.
  • Además, al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los «okupas«. Quienes suelen demorar el trámite judicial presentando supuestos contratos de alquiler -que luego resultan apócrifos- para argumentar que fueron estafados en su «buena fe».
  • El proyecto también amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.
  • Se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).
  • Además, se reduce el depósito de garantía a un monto equivalente a un mes de alquiler para tratar de evitar que se cobren dos meses o a veces más.

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