El Comité de Crisis informó aplicarán nuevas medidas en San Luis que amplían horarios de circulación y actividades comerciales. Todos los detalles.
El gobernador Alberto Rodríguez Saá firmó el Decreto N° 3654-JGM-2021. El mismo establece nuevas medidas que entrarán en vigencia desde el lunes 19 de julio hasta el 1° de agosto, inclusive.
Con el desarrollo del proceso de vacunación superando el 50% de la población, la realidad empieza a cambiar. Y ello da lugar a que las restricciones sean menores.
Nuevas Medidas para San Luis
La nuevas medidas se basan en la ampliación de los horarios de circulación y de realización de actividades económicas; así como también la reabren de los espacios públicos provinciales deportivos, culturales y de recreación:
- Entre las nuevas normas, el horario de circulación se amplía hasta las 2:00
- mientras que las actividades económicas, productivas y venta de bienes y servicios estarán permitidas en todo el territorio desde las 06:00am a 1:00am.
- También se amplió a 20 personas autorizadas en los reencuentros esenciales en domicilios particulares y al aire libre, bajo cumplimento de protocolos sanitarios.
- Reabren todos los espacios públicos gubernamentales: parques provinciales y espacios públicos de recreación y/o deportivos, los museos y las casas culturales.
- Las actividades recreativas en espacios abiertos o cerrados quedan autorizadas. Incluyendo los eventos deportivos provinciales competitivos o recreativos federados o no, sin concurrencia de público.
- Todas las personas que asistan a espacios cerrados o abiertos deberán mantener entre ellas:
- una distancia mínima de 2 metros,
- utilizar tapabocas en espacios compartidos,
- higienizarse asiduamente las manos,
- toser en el pliegue del codo,
- desinfectar las superficies,
- ventilar los ambientes
- y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones de las autoridades sanitarias provinciales.
- Continúa en vigencia la utilización de la aplicación Trazar San Luis para cumplir con el protocolo de registro de trazabilidad y en espacios cerrados el factor de ocupación máximo del 30% y al aire libre del 50%.
- Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia a partir del lunes 19 de julio de 2021 hasta el 1° de agosto, inclusive.